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Bono de 930 soles podría ser parte de adelanto a los pensionistas de la ONP

9:55 h - Lun, 25 Ene 2021

El bono de 930 soles que otorgó el Ejecutivo a los pensionistas sí puede ser considerado como parte de los 4300 soles que podrían retirar los aportantes a la ONP debido al concepto de ayuda por necesidad o enfermedad, explicó el expresidente del Tribunal Constitucional, César Landa.

“El aporte que ha hecho el Gobierno podría ser considerado como parte si así lo considera el juicio del TC, lo que hay que asegurar a la población aportante -pensionaria, es que de manera extraordinaria esto significará un adelanto parcial y debe entenderse mediante ello, las compensaciones que el Estado viene haciendo a través de estas asignaciones o bonos especiales que tienen esta misma naturaleza”, refirió.

En el Informativo de Nacional, manifestó que "La pensión hay que entenderla como un derecho patrimonial de cada persona ya que a nadie se le puede privar de su patrimonio, pero en el caso del adelanto, (Ley que propone devolver hasta S/4.300 a los aportantes de la ONP) afecta el capital por situaciones de necesidad.

“Hoy son situaciones extraordinarias pero que en el futuro vendrán razones propias de la edad al momento de jubilarse de contar con los recursos necesarios y no estar en situaciones de vulnerabilidad” dijo Landa. 

Tribunal Constitucional debe evaluar bien disposiciones

“De acuerdo con la Constitución, las leyes deben ser reglamentadas, porque estas no son reglamento y si una ley fuera reglamentaria estaría afectando la técnica legislativa”, expresó Landa por Nacional, quien reiteró que, a su criterio, la norma aprobada por el Congreso que dispone el retiro de los fondos de la ONP debe revisarse con calma, “entre un diálogo con el Poder Ejecutivo y el Parlamento”. 

“El Poder Ejecutivo puede ejercer las potestades reglamentarias sin trasgredir las leyes, si el Gobierno considera que no necesita reglamentación porque tiene un nivel de precisión que no hace falta, correspondería el cronograma de pagos”.

"El Tribunal es responsable de sus decisiones, si bien ese escenario sería posible, no sería razonable que dejara con la incertidumbre de pago a unas personas y a otras no (siempre que se desarrolle el pago)".

“Existe la vacancia sentencial, es decir que la sentencia se declara inconstitucional por despido financiero, porque no se ha recibido la opinión técnica y el TC ya lo ha dicho, las leyes del Parlamento no las pueden aprobar sin el paso de las comisiones, sin una segunda votación, porque viola el debido procedimiento parlamentario”

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