Política

Defensoría propone mediante proyecto que postulantes a JNJ aprobados puedan asumir el cargo

Foto:Difusión
16:27 h - Mar, 30 Abr 2024

El defensor del Pueblo, Josué Gutiérrez, presentó un proyecto de ley para habilitar de manera excepcional a los candidatos aprobados en el concurso de selección de los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), a fin de que puedan asumir como miembros plenos en ese organismo.

El proyecto de Ley N°7/DAD23–DPseñala que el propósito de la iniciativa legal es optimizar el funcionamiento y la sostenibilidad de la JNJ

Con ese fin, plantea modificar el artículo 9° de la Ley N° 30916, Ley Orgánica de la Junta Nacional de Justicia, para considerar como miembros suplentes, en estricto orden de méritos, a quienes figuren como aprobados en el cuadro final de mérito del concurso.

Asimismo, incorpora una disposición transitoria para una habilitación excepcional, a fin de considerar como miembros suplentes de la Junta Nacional de Justicia a quienes aprobaron el concurso pasado.

“Habilítese de manera excepcional a los candidatos aprobados que figuren en el cuadro final de la Segunda Convocatoria del Primer Concurso de Méritos para la elección de los miembros de la JNJ, con la finalidad de asumir el cargo de miembro suplente en estricto orden méritos, de conformidad con el artículo 9 de la presente ley”, indica la propuesta.

El defensor del pueblo fundamenta su propuesta en que la Ley Orgánica de la JNJ señala que los miembros suplentes de este organismo son siete, a diferencia de la Constitución, que solo precisa que los miembros titulares de la JNJ son siete y que los suplentes son convocados por estricto orden demérito obtenido en el concurso.

“Tal corno se puede apreciar, existe una diferencia a la vista entre lo normado en la Constitución y lo regulado en la Ley Orgánica, puesto que el texto constitucional no fija, ni mucho menos limita el número de suplentes a ser elegidos, limitación que, si figura en la Ley Orgánica”, argumenta.

En ese sentido, considera que la modificación permitirá que la Ley Orgánica concuerde con la Constitución, en la cual no se limita el número de suplentes a siete miembros, y en la que prima el criterio meritocrático para seleccionar a los miembros de la JNJ.

/PE/


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