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Trabajadores tendrán 15 días de "licencia por paternidad"

10:55 h - Jue, 14 Mar 2024

Con 116 votos a favor y una sola abstención, el Congreso de la República aprobó el miércoles un texto sustitutorio del dictamen que fortalece los derechos laborales de los padres en el ámbito del trabajo, tanto en el sector privado como en el sector público.

El cambio aprobado, que une propuestas de distintos proyectos de ley, introduce normas específicas diseñadas para apoyar a los progenitores. Esto incluye licencias laborales igualitarias para parejas que solicitan adopción y trabajan para el mismo empleador, así como disposiciones especiales para mujeres embarazadas y lactantes que les permiten solicitar cambios en sus condiciones de trabajo para proteger su salud y la de sus hijos.

En el caso de la licencia por paternidad, se establece que será por quince días calendarios consecutivos en los casos de parto natural o cesaría.

Durante los primeros diez días el empleador o cooperativa continúa obligado al pago de la remuneración o retribución; los siguientes cinco días son subsidiados por el Seguro Social de Salud (EsSalud).

En casos especiales como nacimientos prematuros y partos múltiples la licencia será de veinticinco días calendario.

Para solicitar una licencia por paternidad en el Perú, el trabajador debe seguir una serie de pasos de acuerdo con la legislación vigente. La ley peruana establece que los trabajadores tienen derecho a una licencia pagada por paternidad, ampliables en casos de parto prematuro o múltiple, o si el recién nacido requiere hospitalización después del parto. Estos so los pasos que se aconsejan seguir:

Notificación previa: Aunque no es un requisito estrictamente legal, se recomienda informar al empleador con anticipación sobre la fecha probable del parto, para facilitar la organización del trabajo durante la ausencia.

Presentación del documento: Una vez ocurrido el nacimiento, el trabajador debe presentar un documento que acredite el evento, generalmente el certificado de nacimiento (que se da en el hospital o centra de salud donde nació el bebé) o una copia del mismo, emitido por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) en Perú.

Solicitud formal: Junto con el certificado de nacimiento, el trabajador debe presentar una solicitud formal de licencia por paternidad, indicando las fechas de inicio y término previstas para la licencia. Este documento se debe presentar ante el área de Recursos Humanos o la persona encargada dentro de la empresa.

Cumplimiento de requisitos: La empresa verificará que se cumplan con todos los requisitos establecidos por la ley, como la presentación del certificado de nacimiento y la correcta cumplimentación de los documentos requeridos.

Aprobación de la licencia: Una vez revisada la documentación, el empleador procederá a aprobar la licencia, la cual deberá ser pagada como si el trabajador hubiera estado laborando.

/DBD/


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