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MTC autoriza a conductores realizar el traslado de personal de empresas

9:52 h - Lun, 18 Mayo 2020

Los conductores que brindaban el servicio escolar, turístico e interprovincial podrán realizar, temporalmente, el traslado de trabajadores de diversas compañías, informó esta mañana el ministro Transportes y Comunicaciones, Carlos Lozada.

“Aquellas unidades que estaban suspendidas debido al estado de emergencia nacional ahora podrán brindar sus servicios a las empresas del sector público y privado para movilizar a sus empleados. Las compañías están facultadas para contratar este tipo de prestación. Se quiere evitar el congestionamiento del transporte urbano”, sostuvo.

Según el Decreto Supremo N° 017-2020-MTC, se precisa que para acogerse a este régimen, los mencionados transportistas deben presentar ante la autoridad de transporte competente (Municipalidad Provincial, Gobierno Regional o MTC, según corresponda) un documento informando su voluntad de acogerse al régimen excepcional.

En esa línea, el titular del sector indicó que solo podrán prestar este servicio los vehículos habilitados de la categoría M2 y M3 (vehículo que tiene más de 8 asientos), hasta que los sectores correspondientes levanten la suspensión de dichos servicios de transporte.

Las autoridades competentes de transporte (Sutran, los Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provinciales y la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao) realizan, indica, la fiscalización del servicio de transporte de trabajadores en el ámbito de sus competencias.

/MO/ES/


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