Economía

SBS: retiro de 25 % de la AFP no es en efectivo

El porcentaje del fondo de pensiones es para adquirir una primera vivienda o pagar una cuota de un terreno o crédito hipotecario
16:45 h - Mié, 6 Jul 2016

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), reiteró hoy a los afiliados a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), que el retiro del 25 % de su aporte no es en efectivo, pues ya que todo pasa en el sistema financiero.

Aparentemente hubo un sobreanuncio de este tema y algunas personas equivocadamente pensaron que podían disponer de un 25 % de su fondo en cash para pagar la cuota inicial o que podían disponer para comprar directamente un terreno. Eso no es así, porque todo pasa por el sistema financiero”, indicó el Coordinador de Regulación de la SBS, César Rivera.

En ese sentido, para cuando acuda a la entidad financiera ya debió haber identificado el tipo de inmueble que piensa adquirir y cuánto va ser la cuota inicial, entre otros aspectos.

Asimismo la SBS recalcó que dicha transacción financiera es para destinarlo al pago de la cuota inicial de una primera vivienda, deben calificar previamente a un crédito hipotecario.

“Lo primero es que el afiliado vea si está en condiciones de adquirir un préstamo y eso está previamente asociado a la búsqueda de un inmueble y ver hasta cuánto da su capacidad de pago para tomar un crédito hipotecario”, explicó.

Sostuvo que la entidad financiera le entregará un documento de preconformidad que certifique que califica como sujeto de crédito, luego de haber evaluado su perfil de ingresos y otros requerimientos.

Eso no es de la noche a la mañana, pues es así como usualmente la entidad financiera evalúa un crédito hipotecario, ya que tiene una serie de requerimientos y exigencias de documentos que deben darse dentro de un proceso normal, porque no es un tema de acto de fe, hay que tener documentación”, afirmó.

Rivera dijo que el mercado hipotecario tiene su propia dinámica y definitivamente no pasa porque la gente esté haciendo colas para tener un documento de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), que constate que el afiliado no es propietario de inmueble alguno.

“El banco requerirá documentación adicional de sustento, con cargo al propio afiliado, de copias literales sobre otros documentos que sean necesarios”, agregó.

 

/M.R.M./


Las más leídas

Lo último

Peruano opina