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Afiliados a la ONP podrán acceder a préstamo previsional y otros beneficios

9:31 h - Mar, 13 Abr 2021

Aquellos aportantes del Sistema Nacional de Pensiones que tengan 65 años, pero no cumplan con los 20 años de aportes que exige la norma, podrán acceder a un préstamo previsional de hasta tres años sostuvo Roberto Burneo, director de Asesoría Jurídica de la ONP.

“No es un préstamo propiamente dicho como conocemos en la Banca Privada, sino, es la acreditación de tres años de aportes con cargo a que en los próximos años se les descuente de su misma pensión, es decir, solo con 17 años y 75 años te damos estos tres años que te faltan, precisó”

En el Informativo de Nacional, expresó que esta medida beneficiará a miles de personas “entendemos que en el primer año a 12 mil y en el siguiente año a más de 31 mil personas apoyadas con esta medida”.
Otra de las medidas que la ONP impulsa para mejorar las pensiones futuras es la combinación de aportes, con los aportes facultativos (voluntarios) para que puedan alcanzar pensiones más altas al momento de jubilarse.  

“Hemos creado la posibilidad de agregadores que son esas figuras que tú vas al grifo, llenas tu tanque de gasolina y puedes aportar al importe previsional y esto va a beneficiar a 5.6 millones de afiliados”, refirió. 

El nuevo Reglamento Unificado del Sistema Nacional de Pensiones ofrece a sus afiliados como beneficio de inmediata aplicación, la posibilidad de presentar una declaración jurada simple para acreditar hasta seis años de aportes al SNP. 

De otro lado, Burneo dio a conocer que los afiliados que se encuentren imposibilitados para trabajar por alguna discapacidad, no necesitarán esperar la emisión del certificado de una Comisión Médica para alcanzar su pensión ya que podrán solicitar una pensión previsional hasta por un año mientras dicho documento se tramita.

En Nacional, informó que en relación a la pensión de los viudos con la nueva norma no habrá tratamientos diferenciados ya que los varones que soliciten su pensión de viudez podrán acceder a este derecho sin necesidad de demostrar dependencia económica de sus cónyuges o convivientes fallecidas.  

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