Política

Levantamiento de las comunicaciones es la técnica utilizada en casos de criminalidad organizada

Foto:Difusión
20:04 h - Mié, 19 Feb 2020

La fiscal Supraprovincial contra el Crimen Organizado del Distrito Fiscal del Callao, Rocío Sánchez Saavedra, señaló que, si bien el Código Procesal Penal contempla entre doce a trece técnicas especiales de investigación respecto a delitos complejos de criminalidad organizada, la más utilizada es el levantamiento de las comunicaciones.

Así lo sostuvo en el programa “Lo que usted debe saber sobre el Nuevo Proceso Penal en el Perú”, que conduce el juez supremo Jorge Luis Salas Arenas por Justicia TV.

Al respecto, Sánchez Saavedra detalló que el levantamiento de las comunicaciones solo es solicitado por el Ministerio Público ante el Poder Judicial cuando existen hechos fundados sobre graves indicios o sospecha de un caso concreto de ilícitos.

“Sabemos que las comunicaciones forman parte de los derechos fundamentales de toda persona, pero para combatir algunos ilícitos está permitido limitar ciertos aspectos de esos derechos, en este caso el de la intimidad”, anotó.

Sánchez Saavedra aclaró, también, que no siempre un juez concede la media limitativa porque muchas veces la deniega cuando no encuentra los fundamentos básicos de legalidad.

“Si procedemos de forma arbitraria probablemente podamos indagar, pero no podemos presentarlo en el juicio porque sería un medio prohibido y un trabajo en vano”, señaló.

INCONVENIENTES

La fiscal detalló, asimismo, que al inicio de la etapa del levantamiento de las comunicaciones el fiscal puede encontrar algunas complicaciones, como advertir que algunas de las escuchas no guardan relación con la investigación inicial.

“El Código permite al fiscal tomar la decisión, comunicándole al juez si desglosa las nuevas pruebas para indagar como notitia crimini (noticia criminal) o amplía el plazo de la medida para complementar la indagatoria del mismo caso”, explicó.

Sostuvo que un obstáculo que el fiscal puede encontrar en estas circunstancias es que los nuevos hallazgos no son de su competencia por lo que en ese caso debe derivar el caso al magistrado competente.  

“También puede suceder, como en el caso Los Cuellos Blancos del Puerto, que estén involucrados magistrados de alto rango, en ese caso hay un trámite adicional que ingresa a la Fiscalía de la Nación, luego al Congreso de la República, quien procede al levantamiento de la inmunidad”, concluyó.

/PE/


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