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Vehículos destinados al transporte de personas deben cumplir medidas de seguridad

6:21 h - Mié, 25 Ene 2023

La Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recordó que todas las unidades destinadas para el transporte de personas en el ámbito nacional, deben contar con la respectiva autorización del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Mediante nota de prensa, la entidad señaló además que estas unidades deben cumplir con requisitos obligatorios para la prestación del servicio, conforme lo establecido en el Reglamento Nacional de Vehículos y el Reglamento Nacional de Administración de Transporte

En ese sentido, Sutran indicó que realiza su labor de fiscalización de manera permanente los 365 días del año, a través de sus 21 Unidades Desconcentradas en todo el país, velando por la seguridad y la calidad de los servicios de transporte en favor de todos los usuarios, acciones realizadas en diferentes puntos de control y terminales terrestres, donde se verifica el cumplimiento de las siguientes condiciones:

Respecto al servicio de transporte:

La autorización correspondiente al servicio prestado (regular o especial)

Contrato de fletamiento, en caso corresponda

Manifiesto de usuarios

Hoja de Ruta

SOAT vigente y correspondiente al servicio

Certificado de Inspección Técnica Vehicular vigente

Licencia de conducir vigente y acorde a la clase y categoría vehicular.

Respecto a las condiciones técnicas del vehículo:

Transmisión de señal de GPS.

Luces y limpiaparabrisas operativos.

Neumáticos en uso y de repuesto en óptimas condiciones.

Asientos con cinturón de seguridad.

Velocímetro instalado en el salón de pasajeros

Láminas retrorreflectivas en zonas laterales y posterior del vehículo.

Contar con implementos de seguridad, tales como botiquín, cono y/o triangulo de seguridad y extintores de fuego vigentes y con la carga correspondiente al vehículo.

Respecto a los usuarios:

Boleto de venta de pasaje

En caso de un menor de edad que no viaja con alguno de sus padres, deberá contar con su DNI y autorización notarial o judicial.

Asimismo, se recuerda a los transportistas que para el caso de viajes con tiempo superior a cinco (5) horas en el horario diurno o cuatro (4) en el horario nocturno, se debe contar con dos conductores para el relevo respectivo, con el objetivo de priorizar la integridad de los pasajeros.

La detección de cualquier infracción o incumplimiento será formalizada con el levantamiento de un acta de control, mediante el cual se aplicará la medida administrativa y posterior sanción según corresponda.

/MO/NDP/


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