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Reniec culminó elaboración de padrones electorales de partidos políticos

16:08 h - Mié, 28 Oct 2020

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) informó que culminó con la elaboración de los padrones de los afiliados a los 24 partidos políticos inscritos en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y los remitió a este órgano para su aprobación

Mediante una nota de prensa, precisó que los padrones aprobados serán utilizados en los comicios internos que llevarán a cabo dichas organizaciones para elegir a sus candidatos a la Presidencia y vicepresidencias de la República, así como al Congreso y al Parlamento Andino.

“Los 24 partidos son los siguientes: Partido Político Contigo; Fuerza Popular; Frente Popular Agrícola FIA del Perú (FREPAP); Solidaridad Nacional; Podemos Perú; Avanza País - Partido de Integración Social; Perú Nación; El Frente Amplio por Justicia, Vida y Libertad; Juntos por el Perú; Democracia Directa; Partido Morado”.

Asimismo, “ Todos por el Perú; Renacimiento Unido Nacional; Perú Patria Segura; Partido Político Nacional Perú Libre; Restauración Nacional; Vamos Perú; Unión por el Perú; Partido Democrático Somos Perú; Alianza para el Progreso; Partido Aprista Peruano; Acción Popular; Partido Nacionalista Peruano; y Partido Popular Cristiano (PPC)”.

Detalló que entre el 17 y el 26 de octubre, el Reniec elaboró los padrones basándose en información de los ciudadanos afiliados a los partidos políticos, proveniente del Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del JNE.

“La información sobre los afiliados ha sido verificada por el Reniec previamente, conforme la afiliación era registrada en el JNE. La última verificación ha sido la de las fichas de afiliados y las actas de constitución de los comités del partido político “Frente de la Esperanza”, cuya inscripción aún se encuentra en proceso en el JNE”, indicó.

Por primera vez, la intervención del RENIEC –al igual que del JNE y la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)– es obligatoria en la realización de comicios internos de organizaciones políticas, por disposición, recuerda, de la Ley N° 31038 publicada en El Peruano el pasado 22 de agosto.

/MO/NDP


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