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ONPE actualiza protocolo para atender a personas con discapacidad en sufragios

15:35 h - Dom, 4 Dic 2022

La Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) actualizó el “Protocolo para la atención a las personas con discapacidad y la atención preferente”, aprobado a través de la Resolución Jefatural n.° 004854-2022-JN/ONPE.

El objetivo de la norma es establecer las actividades que permitan al personal brindar una atención adecuada a las personas con discapacidad que acudan a la ONPE y en el marco de los procesos electorales a nivel nacional.

El protocolo involucra las actividades que se realizan en las instalaciones de la sede central (Área de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario), en las Oficinas Regionales de Coordinación (ORC), y de encontrarse implementados, en el local de las ODPE (Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales), oficinas distritales, de centro poblado y en los locales de votación.

Igualmente, se ha incorporado la Ley n.° 29830, que promueve y regula el uso de perros guía y garantiza el libre acceso de las personas con discapacidad visual que hacen uso de estos animales a lugares públicos o privados de uso público, incluyendo medios de transporte y centros de trabajo, así como su permanencia en estos de manera ilimitada, constante y sin trabas.

Locales de votación

En los locales de votación, para todo proceso electoral, se coordinará con los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, encargados de custodiar el área perimétrica de local de votación para que, previa identificación, faciliten el acceso a los electores con discapacidad y, si fuera el caso, permitir el ingreso de los vehículos que los transporta.

También se coordinará el préstamo de sillas de ruedas con las instituciones de salud, Bomberos y Defensa Civil. En este sentido, se identificará en el local de votación, espacios accesibles que estén dotados de rampas y barandas para el ingreso de electores en sillas de ruedas y/o con discapacidad visual.

En caso se brinde orientación a personas con discapacidad auditiva o del habla, se consultará a la persona el tipo de comunicación que prefiere utilizar, el cual puede ser a través de una persona de confianza, el lenguaje escrito o la lectura de labios.

Adicionalmente, se consultará a la persona con discapacidad visual, si requiere de la plantilla braille para realizar su votación. Si la respuesta es positiva, se solicitará al coordinador de local de votación el préstamo de la plantilla braille para su entrega al miembro de mesa, el cual acondicionará la cédula con la plantilla y lo entregará al elector, acompañándolo hasta la cabina de votación.

La persona con discapacidad puede ingresar a la cabina de votación acompañada de una persona de confianza para apoyarla en la votación.

De manera similar, se han sumado al protocolo medidas específicas para personas con discapacidad del habla y medidas de atención para una persona con discapacidad psicosocial o intelectual. La nueva versión del protocolo agrega también un anexo del alfabeto de lenguaje de señas.

/LR/ANDINA/


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