Indecopi: ¿Qué tipos de alimentos se podrán ingresar a las salas de cine?
Según el Indecopi, prohibir el ingreso de alimentos que no son comprados en el mismo cine vulnera el derecho de los consumidores a elegir libremente los productos y servicios que se ofrecen en el mercado.
El Indecopi confirmó la resolución de la Sala Especializada en Protección del Consumidor (SPC) que ordena a las cadenas Cineplanet y Cinemark a no restringir el ingreso de personas a sus salas con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera del establecimiento.
Sin embargo, la SPC aclaró que los alimentos que se ingresen a las salas serán aquellos iguales y/o de similares características a los que se vendan en dichos locales, de acuerdo a los usos y costumbres del mercado.
Ello para evitar que los consumidores puedan ingresar a las salas de cine con productos alimenticios que, por razones de higiene, seguridad, u otros, causen un daño a la infraestructura de los locales o un perjuicio a los demás consumidores.
La SPC decidió sancionar, en última instancia administrativa, a Cineplanet y Cinemark por no permitir a los consumidores ingresar a sus salas de cine con alimentos y/o bebidas adquiridas fuera del establecimiento comercial.
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