Nacional

Establecen límites máximos permisibles de ruido generado por aeronaves

Foto: Difusión 
22:32 h - Lun, 3 Jun 2019

Mediante un Decreto Supremo, el Poder Ejecutivo estableció los Límites Máximos Permisibles de ruido generado por las aeronaves que operan en el territorio nacional. La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Martín Vizcarra; y es refrendada por las ministras del Ambiente, Lucía Ruíz; y de Transportes y Comunicaciones, María Jara.

Entre los considerandos de esa normativa, se señala lo establecido en el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú, respecto a que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.

También se hace referencia al numeral 32.1 del artículo 32 de la Ley, que define a los LMP como la medida de concentración o grado de elementos, sustancias o parámetros físicos, químicos y biológicos, que caracterizan a un efluente o una emisión que, cuando se excede, causa o puede causar daños a la salud, al bienestar humano y al ambiente.

Según manifestó la directora general de Calidad Ambiental del Minam, Giuliana Becerra, esta norma establece, sobre la base de criterios de protección a la salud y al ambiente, los niveles máximos para las emisiones sonoras de las aeronaves de las compañías aéreas nacionales e internacionales que operan en nuestro país.

Asimismo, indicó que esto forma parte de varios instrumentos de gestión ambiental priorizados que vienen siendo atendidos por el Ministerio del Ambiente, y constituye una pieza que contribuye a regular y mitigar los impactos del ruido en las zonas aledañas a los aeropuertos.

/ES/NDP/


Las más leídas

Lo último

Peruano opina