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Indecopi no tiene facultades para prohibir servicios de taxi por aplicativo

Foto:Difusión
2:14 h - Mié, 13 Nov 2019

Respecto de la reciente comunicación que realizó la Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, a través de una nota de prensa emitida por el Ministerio Público, en la que solicita públicamente al Indecopi adoptar las acciones administrativas preventivas y/o sancionadoras pertinentes, para prohibir la intermediación del servicio de taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores informales, la entidad considera pertinente aclarar lo siguiente:

  1. La regulación, autorización, gestión y evaluación de los servicios de transporte terrestre es función del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en aplicación del numeral 3.3 del artículo 3 de su Reglamento de Organización y Funciones, que establece su competencia para verificar la validez o legalidad de la prestación de los servicios de transporte terrestre en general.
  2. En el caso de Lima y Callao, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) tiene entre sus funciones la de aprobar las normas que regulen las condiciones de acceso y operación que deben cumplir los operadores, conductores y vehículos, por mandato de la Ley N° 30900 del 27 de diciembre de 2018.
  3. En esa línea, el Indecopi aclara que no tiene competencia para prohibir la intermediación del servicio de transporte o taxi mediante aplicativos virtuales con proveedores presuntamente informales.
  4. No obstante, desde la Autoridad Nacional de Protección del Consumidor del Indecopi, se han elaborado productos informativos respecto de las condiciones de diversos productos y servicios que se ofrecen en el mercado. Tal es el caso del ‘Checa tu Taxi’, guía digital interactiva que compara la información de diferentes aplicativos de intermediación de servicio de transporte, ofreciendo un consolidado para que los consumidores adopten decisiones informadas. La guía interactiva no valida o respalda servicios que prestarían proveedores presuntamente informales, y solo reúne la información en un solo lugar.
  5. En ese sentido, el llamado que realiza la Segunda Fiscalía Provincial en lo Civil de Lima, a través de una nota de prensa del Ministerio Público, debió dirigirse a las entidades con competencia para ello, tales como el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Autoridad de Transporte Urbano (ATU) y las municipalidades a nivel nacional, que son las encargadas de regular las condiciones en las que se deben prestar los servicios de transporte terrestre a nivel nacional y local.

/PE/


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