Economía

Se podría percibir hasta el triple de remuneración por laborar en Navidad y Año Nuevo

15:14 h - Lun, 18 Dic 2017

Si un trabajador público o privado trabaja en un día feriado, este podría percibir el triple de la remuneración diaria, según lo establecido en el Decreto Legislativo 713.

Hasta triple remuneración.  Leysi Verano, consultora laboral del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) comentó en Para Todos que en el artículo 9 del referido decreto dice que si el trabajador labora en día feriado, sin descanso sustitutorio por otro día, se pagaría una remuneración diaria más una sobretasa del 100%.

Asimismo, explicó que en el caso del trabajador, que labora un día feriado, percibirá: 

1. Una remuneración diaria por el feriado. 
2. Una segunda remuneración por el trabajo realizado. 
3. Una tercera remuneración adicional por haber laborado en día feriado, siempre y cuando, no tenga descanso sustitutorio en otro día.

En Nacional FM la consultora sostuvo que los feriados trabajados sí pueden ser compensados en cualquier momento, pues la norma no específica un plazo, con lo cual ya no se pagaría el triple.

El Ministerio de Trabajo recuerda que aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional está en la obligación de conceder estos feriados.

Las empresas del sector privado no están obligadas a otorgar a sus colaboradores otros días libres adicionales durante esta época; y si lo hacen, tienen que pagar el salario respectivo.

(SO)


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