Economía

Ejecutivo crea proyecto especial para organizar reuniones de APEC 2016

El plazo de vigencia de Perú APEC 2016 concluye a los noventa (90) días hábiles posteriores a la culminación de la XXIV Cumbre de Líderes del Foro APEC 2016.
17:10 h - Mar, 18 Ago 2015

El Ejecutivo creó el Proyecto Especial Perú APEC - 2016 en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores con la finalidad de preparar y organizar las reuniones definidas por el Perú como sede del Foro APEC el próximo año, y la XXIV Cumbre de Líderes.

El Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano, establece que Perú APEC - 2016 dirigirá, ejecutará, supervisará y evaluará las actividades relacionadas con la preparación, organización y realización de las reuniones previstas.

Asimismo, implementará las acciones necesarias que permitan contar con la infraestructura física y el equipamiento para la realización de las reuniones que se llevarán a cabo durante los años 2015 y 2016, de acuerdo al calendario que es definido por el Perú.

También asegurará el cumplimiento de los estándares de organización y seguridad exigidos por el Foro APEC, y efectuará las coordinaciones necesarias con los sectores público y privado, así como con las instituciones nacionales y extranjeras.

Perú APEC - 2016 estará a cargo de un(a) Coordinador(a) Ejecutivo(a), quien ejerce funciones de dirección, administración y representación, y será designado mediante resolución ministerial de la Cancillería, en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente decreto supremo.

El Ministerio de Relaciones Exteriores, con el fin de alcanzar el objeto de Perú APEC 2016, podrá suscribir convenios con entidades públicas e instituciones privadas, nacionales o extranjeras; así como con organizaciones y organismos internacionales.

El plazo de vigencia de Perú APEC 2016 concluye a los noventa (90) días hábiles posteriores a la culminación de la XXIV Cumbre de Líderes del Foro APEC 2016, fecha en la cual el/la Coordinador(a) Ejecutivo(a) presenta el Informe Final al titular del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Las acciones que se deriven de la implementación del presente decreto supremo se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el marco de las leyes anuales de presupuesto.

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